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Respuesta Lic. Franzini

 
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edubor@inter1



Registrado: 25 Jun 2002
Mensajes: 12

MensajePublicado: Lun Mar 24, 2003 2:11 pm    Asunto: Respuesta Lic. Franzini Responder citando

La Lic. Franzini me envio una respuesta a mi doumento "Dos visiones...". En el siguiente documento hago algunas consideraciones sobre dicha respuesta. Los p?rrafos textuales de la nota de la Lic. Franzini est?n indicados en rojo e italica:

E.B.
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Estimada Lic. Franzini:

Efectivamente defiendo apasionadamente aquellas cosas en las que creo. Pero no me siento frustrado cuando existe una votaci?n adversa a lo que propongo, sino cuando dicha votaci?n se hace en base a criterios arbitrarios o inconfesables. Claro que tengo la convicci?n – que tal vez sea equivocada – de que las decisiones en los ?rganos colegiados deber?an tomarse en base a fundamentaciones racionales, que preservasen no solo el inter?s de la Universidad sino tambi?n los valores universitarios y democr?ticos. Y debo reconocer que en la defensa de lo antedicho intento emplear 24 horas por d?a, y no puedo ni quiero evitarlo porque estoy convencido que cada uno de nosotros debe participar en todas las decisiones que nos afectan como miembros de una comunidad, en este caso, de la universitaria.
Ud. dice que no comparte las consecuencias que podr?a tener la aprobaci?n del voto secreto, pero no explica porqu? no lo comparte, es decir, no responde los argumentos, y en cambio hace una referencia "psicol?gica(??)" ("...es sorprendente observar c?mo la escritura hace de espejo: las alusiones obsesivas y repetitivas a un modo de hacer pol?tica denota a las claras el modo al cu?l s pertenece") que intenta ser sutil y que en cambio, se transforma en un argumento "ad hominem", que ataca a quien argumenta y no a los argumentos.
Creo tambi?n que tiene una confusi?n en relaci?n con las "listas inquisitoriales" o similares: "es asombroso c?mo despues de tantos siglos, a?n siguen vivos los estilos inquisitoriales: al no consensuar criterios, de inmediato se hacen listas ( ?de colores?)". Estas listas, con las que Ud. intenta comparar la que yo realic?, son realizadas desde el poder (SU posici?n) con el objetivo, entre otros, de impedir la difusi?n de opiniones o posturas contrarias a las del poder. La lista que he confeccionado no s?lo esta hecha desde alguien que NO ocupa posiciones de poder (o sea que, seg?n su particular visi?n, se arriesga a posibles “represalias”), sino que cumple el objetivo exactamente contrario: dejar claro ante la comunidad universitaria cual es la opini?n de quienes ocupan posiciones de poder, en particular de las personas que, desde las mismas, intentan ocultar sus posturas y opiniones, y por lo tanto, evaden una responsabilidad primaria como es la publicidad de los actos de gobierno. Y el ocultamiento al que me refiero no solo est? vinculado con el voto secreto en cuestiones acad?micas sino tambi?n a la negativa a discutir p?blicamente las posturas asumidas. Conocer la opini?n de quienes dicen representarnos en un DERECHO inalienable de los representados en un sistema democr?tico, y los Consejeros, como representantes, tienen la OBLIGACION de dar a conocer sus posturas.
Ud. dice que no responde mis afirmaciones, porque es respetuosa del disenso y de las opiniones divergentes. Si no responde las afirmaciones, entonces no es posible saber si se difiere o no. Tal vez esta postura ser?a admisible en una persona ajena al tema sobre el cual se est? discutiendo, que no emite opini?n porque no sabe, pero me parece que en un Consejero, cuando no se responde a las afirmaciones, no tiene nada que ver con el disenso o el respeto a las opiniones divergentes. De hecho creo que los Consejeros tienen la obligaci?n de argumentar sus posturas, salvo que sean repetitivas, para que sus representados tengan perfectamente claro dichas posturas y puedan evaluar la conducta de los representantes. Ud. sugiere que no responde mis afirmaciones aparentemente por considerarlas ofensivas, pero yo no recuerdo ninguna alusi?n a su persona que pueda considerarse ofensiva, salvo el p?rrafo que Ud. subraya sobre el cual paso a comentar a continuaci?n. Si alg?n otro p?rrafo de mi documento le resulta ofensivo hacia su persona, le ruego que me lo haga saber para hacer la aclaraci?n correspondiente.
Con respecto al p?rrafo que Ud. subraya y con respecto a lo que indica como primera parte: "Respecto a la Primera Parte del p?rrafo, le aclaro: -En la fundamentaci?n de mi voto, favorable al "voto secreto", no mencion? al Consejo Directivo, (menos a?n invoqu? alg?n supuesto mandato, ni he violado el Estatuto), sino que compart? la amplia fundamentaci?n que realiz? el Consejero Dasso ...", efectivamente me he basado en las versiones de al menos tres asistentes a la reuni?n del Consejo Superior, todas ellas coincidentes en su apelaci?n a lo discutido en su Consejo Directivo, del cual result? una postura que Ud. separ? de la suya propia con la frase “si por m? fuera ...” (o equivalente) refiri?ndose a que por su propia postura hubiese votado en contra del voto secreto. Ninguna de las versiones a las que he consultado mencion? que Ud. hubiese votado diciendo: “A pesar de la opini?n del CD de la FCFMN..., he cambiado de opini?n respecto a este tema...” (o equivalente). Pero por supuesto que, dada su aclaraci?n, lo ?nico que puede concluirse es que su postura fue malinterpretada por las personas que me dieron su versi?n., aunque me parece que admitir? que lo esperable es que un Consejero que ha emitido una opini?n firmada (en el despacho de la CAA) mantenga la misma (salvo que exista una opini?n muy fuerte en contrario, por ejemplo, del CD de su Facultad), y esto es lo que le daba credibilidad a las versiones a las que he aludido.
Y esto me lleva a lo que refiere como segunda parte: "SEGUNDA PARTE: Respecto a la segunda parte del p?rrafo, es cierto que compart? el despacho de la CAA, producido antes de conocer la opini?n del CD (...) Es por ello, que mi voto favorable al "voto secreto", es producto de una reflexi?n m?s profunda acerca de la importancia de preservar las relaciones humanas en la instituci?n, porque ellas son un pilar fundamental en cualquier organizaci?n, para crear el clima que permita construir y crecer.". Por supuesto que cualquier persona puede cambiar de opini?n si comprende que la postura asumida es producto de insuficiente reflexi?n. Me parece que la pregunta que surge entonces es: la nueva postura: ?ha tenido suficiente reflexi?n?. Lamentablemente, despu?s de producida la votaci?n la respuesta es mas o menos irrelevante a los efectos de la misma. Pero no es as? en relaci?n con las pr?ximas votaciones o posturas, las cuales, me parece, ser?a deseable que se tomasen con la reflexi?n m?s profunda posible. Por esto quiero intentar contestar la pregunta realizada con los elementos que Ud. aporta en defensa de su postura. Sus argumentos, si no los he entendido mal, son que el voto secreto:
1) favorece la libertad de conciencia ("A mi juicio, el voto secreto favorece el ejercicio de la libertad de conciencia (...). ")
2) preserva las relaciones personales ("(...)consider? necesario agregar a aquellos argumentos el de: "la preservaci?n de las relaciones humanas dentro de la Universidad"")
3) evita posibles represalias a los consejeros con menor poder "(...) y evita posibles represalias cuando a los poderosos les resulta adversa una votaci?n"

En primer lugar debo decir que los argumentos son v?lidos para cualquier tema tratado en el Consejo Superior o en cualquier Consejo, de donde se deduce que el voto secreto deber?a emplearse para todos los temas. Me parece que admitir? que esto no es as? ni debe serlo por varias razones, entre las cuales mencionare tres: 1) porque debe existir publicidad de los actos de gobierno, 2) porque las decisiones desde el poder no pueden ser arbitrarias y 3) porque los consejeros deben hacerse cargo de sus opiniones. Por lo tanto, en el mejor de los casos, el voto secreto solo deber?a ser usado en ciertas ocasiones. El d?ficit de su argumentaci?n es que no explica porqu? el voto secreto no es usado en todos los temas objeto de votaci?n en los Consejos, y tampoco explica porqu? deber?a usarse en el caso particular de la designaci?n de Em?ritos y Consultos.
Lo que he venido afirmando y que sus argumentos no responden, es que el voto secreto no puede utilizarse para el tratamiento de cuestiones acad?micas. Porque en estas cuestiones, lo que se denomina "libertad de conciencia" oculta, a mi entender, razones que no son ni acad?micas ni pol?ticas, y estas razones no deber?an ser tomadas en cuenta, porque abren paso a una arbitrariedad inadmisible en temas acad?micos.
Con respecto a que su argumento de que el voto secreto preserva las relaciones personales debo decir que creo que las relaciones personales basadas en la mentira y la hipocres?a no debieran preservarse, porque son in?tiles y contraproducentes "para crear el clima que permita construir y crecer". Pero adem?s me parece que esto de "preservar las relaciones personales" no es cierto en la pr?ctica y como ejemplo palmario est?n los casos Giordano y Centorbi que Ud. menciona repetidas veces, los cuales efectivamente han generado un alto y persistente malestar precisamente en funci?n de la arbitrariedad que resulta del voto secreto. Y aprovecho aqu? para hacer el ejercicio de imaginaci?n que propone: ?qu? hubiera ocurrido si un Consejero de la Facultad de Qu?mica hubiera votado p?blicamente en contra de aquellas designaciones, por ejemplo, por razones de sueldo o de disponibilidad financiera?. Lo que hubiera ocurrido es que ese o esos Consejeros hubiesen tenido que fundamentar su voto, y entonces la comunidad de la Facultad o de la Universidad hubieran podido juzgar si el fundamento era razonable, aceptable y compartido o no. Por ejemplo, hubiera podido discutirse si el argumento "salarial" es aceptable o no, y Ud., de acuerdo con su opini?n, hubiera votado favorablemente las designaciones. Y no hubiese pasado lo que ahora, que es que todos los consejeros est?n "bajo sospecha" de haber votado en contra de la designaci?n por motivos subalternos (y por lo tanto, inexpresables). Lo otro que pudiera haber ocurrido es que alguien hubiese querido tomar "represalias" contra ese o esos Consejeros, lo cual me lleva a su tercer argumento.
En primer t?rmino quiero diferenciar el t?rmino "represalias" de lo que se denomina habitualmente "costo pol?tico". Este costo pol?tico, que est? vinculado con la evaluaci?n pol?tica que se hace de la conducta de los representantes, es un elemento indisociable de la funci?n de representante, y creo adem?s que as? debe ser porque es uno de los elementos que permite que los representantes no pierdan su representatividad. As? que si un Consejero paga un "costo pol?tico" por una decisi?n que toma, se supone que lo ha evaluado previamente y lo acepta porque est? convencido que su postura es la correcta. Lo que me parece que no puede hacer un Consejero es ocultar sus decisiones o posturas - si cree que son correctas - para no pagar el costo pol?tico que pudiera existir. Me parece que esto es una deslealtad ante sus representados y es lo que subyace al esp?ritu del Art. 157 del Estatuto.
Con respecto a las represalias propiamente dichas, es decir, a aquellas medidas o conductas que perjudiquen arbitrariamente a un consejero (o a cualquier otra persona) en raz?n de sus posturas, me parece que son una aberraci?n que no puede permitirse, y de hecho creo que est?n dados los mecanismos para impedirlas. En algunos casos de forma particular, y en general, a partir de recurrir a los Consejos. Si esto no es as?, entonces algo est? muy mal en nuestra Universidad. Pero creo que no es as? y por lo tanto su argumento no me parece aceptable. Si Ud. insiste en su argumento, entonces debo responderle que es su obligaci?n, como Vice Decana y como miembro de los Consejos Directivo y Superior tomar los recaudos, reglamentarios o de otro tipo, para que esto no ocurra. Pero creo que admitir? que tomar esos recaudos es imposible si el voto es secreto porque quien tomase una represalia podr?a evadir la responsabilidad diciendo: "?C?mo voy a tomar una represalia si no s? cual fue el voto?". Adem?s, si el voto es secreto, las represalias podr?an tomarse "por las dudas", lo cual empeora la situaci?n en lugar de mejorarla.
Finalmente quiero referirme al caso Giordano - Centorbi, al cual Ud. alude varias veces, para que no queden dudas que estos casos fueron los disparadores de la presentaci?n que realiz?ramos con la Dra. Ruiz, porque es evidente, creo, que la reglamentaci?n no funcion? adecuadamente en ellos. Lo que provoca el malestar (que califico como indignaci?n) que Ud. refiere es precisamente la decisi?n injusta y arbitraria, sin fundamentos, que tom? el Consejo Superior, y que en estos casos no se debi? a no haber sido juzgados por pares, ya que todas las instancias previas resultaron favorables, sino al voto secreto. Y debo decir tambi?n que esa decisi?n injusta y arbitraria del Consejo Superior no perjudica esencialmente a Giordano o a Centorbi, salvo en el dolor que provoca la incomprensi?n, sino a la Universidad Nacional de San Luis que se priva - con todo lo que ello implica - de tener en su cuerpo docente a dos figuras de la talla del Dr. Giordano y de la Dra. Centorbi.
Por lo tanto, si como Ud. dice, su voto "es producto del an?lisis sobre una realidad posterior a la emisi?n del despacho de la CAA", tengo la impresi?n que dicho an?lisis ha sido insuficiente.
Atentamente

Dr. Eduardo Borkowski
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